Capítulo I - La funeraria que presiona desalojos
La negligencia de funcionarios públicos y los intereses empresariales, tienen en riesgo los derechos fundamentales al territorio colectivo de la comunidad wayúu La Cachaca II y las comunidades indígenas aledañas, ubicadas en la zona rural de Riohacha, Guajira.
(10/12/2020)
Por: Fundación Chasquis con apoyo editorial de Cuestión Pública
Capítulo I
El 5 de noviembre bajo un proceso policivo para reclamar la posesión del predio Laguna de los Remedios, el inspector central de Policía de Riohacha, José Barragán, aprobó la orden de desalojo contra “personas indeterminadas” amparando la solicitud de la empresa de servicios fúnebres y exequiales Nesagaviria, la cual tiene seis sedes en La Guajira, tres en el César y una oficina administrativa en Bogotá.
La notificación apareció pegada en un árbol de la comunidad de Santa Rosa, aledaña a La Cachaca II Painwashi, una comunidad wayúu ubicada en la zona rural de Riohacha, en el kilómetro 6, vía Santa Marta. La comunidad está conformada por 36 familias y tiene un carácter matrilineal -es decir la descendencia se define por la línea materna- en cabeza de Alicia Uriana que inició el asentamiento indígena desde los años ochenta con sus primeros cinco hijos.
El 6 de noviembre de 2020, unidades del Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) y un buldócer derrumbaron las primeras casas que se encontraban sobre la vía y “al día siguiente terminaron con la destrucción de todas las viviendas, el corral de los chivos, las enramadas y la Unidad Comunitaria de Atención a la Primera Infancia del Bienestar Familiar”, cuenta Yaniris Epiayu, hija de Alicia, a quien también le destruyeron su casa.
La acción estuvo a cargo de la Inspectora de Policía, Rita Cádiz, y fue acompañada por la personera delegada del Distrito, patrulleros de la Policía de Infancia y Adolescencia, delegados de la Dirección y Secretaría de Asuntos Indígenas de la Alcaldía y el ESMAD
En el informe de acompañamiento a la diligencia, Ruth Iguarán, defensora zonal 2 de Riohacha del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), afirma que pudo constatar: “(…) que las familias, en común acuerdo, consintieron la realización del procedimiento (…) Se aclara que, los propietarios prestaron apoyo económico y logístico para que las familias se trasladarán al sitio indicado por ellos”.
Yaniris contradice la anterior declaración. “En ese momento estaba un señor que creo que es funcionario de Asuntos Indígenas. Él estaba ahí de intermediario entre los que nos querían sacar. Nos ofreció dos millones de pesos para salirnos de una y recoger todo, nosotros nos negamos, le subió a tres millones a la oferta y dijo: ‘Ustedes miran a ver si aceptan o quedan sin nada: sin casa y sin plata, es lo que va a pasar’”. Así sucedió.
El 8 de noviembre, Karla Henríquez, ministra del Parlamento Internacional para los Derechos Humanos ante Canadá, (ONG que hace incidencia ante instancias nacionales e internacionales para la protección de los derechos humanos), emitió una denuncia a diferentes instituciones gubernamentales de Colombia y señaló en su comunicación que “uno de los infantes sufrió una grave hemorragia nasal a causa de agentes químicos lanzados, provocando asfixia y peor aún, que de parte de la policía no se activó la respectiva ruta de primeros auxilios para garantizar la vida a este niño”.
Ante lo cual el director regional del ICBF Félix Mejía para dar respuesta a la denuncia de la ministra, mediante un memorando, sigue sosteniendo la versión de la defensora zonal de Familia quien explica que: “la autoridad administrativa informa que no se observó amenaza o vulneración de los derechos de los niños, niñas o adolescentes, que habitaban el predio por cuanto se encontraban acompañados de sus padres y cuidadores como garantes de derechos”.
“Los primeros días quedamos a la intemperie, dormíamos debajo de los palos, sobre esas lluvias que caían con tanto frío y la cantidad de zancudos que había. ¡Usted se imagina esa situación con niños, mujeres embarazadas y abuelos que tenemos en la comunidad!. Ahora estamos refugiados debajo de carpas, bolsas y lo que hemos encontrado. Los primeros días comenzaron a pasar a cada rato hombres motorizados y en estos últimos días es en la noche, hacen disparos al aire muy cerca de aquí para generar miedo”, cuenta Yaniris, tras la nostalgia de haber perdido su casa construida con mucho esfuerzo. Los disparos al aire y las motos es una situación que también se repite en la comunidad de Santa Rosa.
El 30 de noviembre la comunidad de La Cachaca II organizó una movilización pacífica “por la vida, la dignidad y el territorio” y aparecieron unos panfletos en la mañana advirtiendo que tenían plazo hasta el 31 de diciembre para desalojar voluntariamente, de no ser así, “ya no será el ESMAD que los saque sino el balín y la candela”, sentencia el panfleto con “muerte a todos los indios invasores de tierras”.
Al cumplir ya casi un mes de la orden de desalojo, Amira López, habitante de La Cachaca II, relata que, “los tres primeros días las instituciones estuvieron pendientes de nosotros, ahora no tenemos para donde coger, estamos al aire libre pasando mucha necesidad, no hay agua, carecemos de alimentos, hay niños que se están enfermando, los adultos mayores están padeciendo de mucha hambre y no hay absolutamente nada porque todo está destruido”.
La herencia de un general
En 1904 Colombia elegía nuevo presidente entre los generales Rafael Reyes y Joaquín Vélez. Los dos eran conservadores. Antiguamente el presidente era escogido por colegios electorales donde sólo participaban unos pocos. El general Juan Iguarán fue encomendado para llevar el acta de la elección realizada en La Guajira a Bogotá. En el camino manipuló el documento oficial y logró que Reyes fuera el presidente. Este hecho se conoce como el primer fraude electoral en la historia del país y el inicio del vínculo de la familia Iguarán con funcionarios públicos.
Antes, cuando los militares ganaban en la guerra, se les pagaba con tierras. Iguarán participó en la guerra de los Mil Días y repartió tierras a sus descendientes en la media y alta Guajira. “Estos señores titularon a la loca desde un escritorio y tienen demasiadas tierras en documentos, pero en la realidad ¡no! Un título de ellos hace que se traslape uno con otro y también con las comunidades. Han invocado títulos coloniales para adueñarse de todos los territorios indígenas que tratan de invasores”, explica Leonor Viloria, líder wayúu y defensora de derechos humanos.
El predio La Laguna de los Remedios comprende 50 hectáreas aproximadamente y lo comparten las comunidades de La Cachaca II que tiene 25 hectáreas, Santa Rosa con 20 y Palasamana con 5 y dado que hay un traslape también afecta a siete comunidades wayúu más.
En el Instituto Geográfico Agustín Codazzi aparecen dos cédulas catastrales y dos ubicaciones distintas, utilizando la misma escritura y matrícula inmobiliaria. “Hay un traslape entre comunidades y varios títulos, el mismo territorio de la Laguna de los Remedios es el que aparece como parte de la Finca Santa Lucía, es como si una persona tuviera dos documentos de identidad al mismo tiempo”, afirma Viloria.
Leonor amplía la información asegurando que la “Laguna de los Remedios actualmente no es un globo. Los hijos de Clemente Iguarán Lavorde (hijo del (G) Juan Iguarán) y sus nietos lo han vendido a diferentes dueños, además subdividiendo los lotes. El lote en sí, primero fue dividido en seis lotes y ahora estos se han fragmentado. Probablemente hay más de 20 personas propietarias de buena fe, donde la mayoría de los lotes seguramente no están en las manos de los herederos directos de Clemente Iguarán”.
El lote 5, según matrícula inmobiliaria, pertenece a Magalis Brito, quien le otorga representación legal a la empresa Nesagaviria para solicitar el amparo policivo y el desalojo de La Cachaca II. En la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Riohacha aparecen 6 lotes más, derivados del inicial inscritos con folio de matrícula inmobiliaria.
Líderes de las comunidades wayúu de los territorios superpuestos a los predios que registraron como fincas privadas, han encontrado documentos públicos que no tienen vigencia, no establecen con claridad los linderos o son falsas tradiciones de propiedad.
“En realidad ellos no ejercen ni explotación, ni posesión, han sido los wayúu. Han utilizado el poder económico y las relaciones que tienen con los funcionarios locales para imponer su posición en perjuicio de derechos fundamentales”, señala Viloria.
Tras una tutela interpuesta por líderes wayúu en el año 2017 la Corte Constitucional emitió la sentencia T-556/17 que reafirma la protección constitucional al territorio de pueblos indígenas y abre el camino para que la Unidad de Restitución de Tierras, inicié un estudio preliminar sobre los territorios en disputa y la Agencia Nacional de Tierras esclarezca la naturaleza jurídica de los predios.
Registro fotográfico cedido por: Yarilis Lopez, Amira López
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